Derecho y Literatura: una Alianza Que Subvierte el Orden Hernández Cervantes, Aleida (Coordinadora) Bonilla Artigas Editores |
Teoría Crítica Constitucional: la Democracia a la Enésima Potencia Sanín Restrepo, Ricardo Tirant Lo Blanch |
Título: Estatuto de Roma, El. De la Corte Penal Internacional | ||
Autor: Ambos, Kai; Guerrero, Oscar Julian (Comps.) | Precio: $759.00 | |
Editorial: Universidad Externado de Colombia | Año: 2003 | |
Tema: Derecho | Edición: 1ª | |
Sinopsis | ISBN: 9789586164214 | |
El Estatuto de Roma comienza con la exposición de un preámbulo que, inter alia, repite la determinación de la Conferencia de "poner fin a la impunidad y así contribuir a la prevención de nuevos crímenes", lo que además recuerda "que es deber de todo Estado ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales". La última afirmación tiene un alcance de particular importancia a la luz del caso Pinochet. Esto nos remite necesariamente al principio de universalidad que establece la obligación para las jurisdicciones nacionales de perseguir determinados crímenes internacionales, tales como la tortura, las desapariciones forzadas y las ejecuciones extrajudiciales, todas ellas comprendidas por el concepto de crímenes contra la humanidad como aparece definido en el artículo 7º del Estatuto. La persecución internacional de estos crímenes no corresponde tan solo al Estado donde se cometieron los crímenes (Estado locus delicti o "Estado territorial") y/o a aquel al que pertenezca el presunto responsable ("Estado del presunto responsable") o la víctima ("Estado de la víctima"), sino que también implica persecución a nivel interestatal, vale decir, persecución de terceros Estados en caso de que el Estado del territorio, del presunto responsable o de la víctima no tengan capacidad o disposición para investigar y juzgar el delito. En este sentido, la jurisdicción del tercer Estado con respecto al territorio, al responsable o a la víctima está sometida al mismo principio que la jurisdicción de la CPI con respecto a la competencia de las jurisdicciones nacionales, es decir, al principio fundamental y principal del Estatuto: el de complementariedad. |